Reglamentos vigentes para la Pesca en aguas comunitarias e internacionales.
REGLAMENTO DE CONTROL Reglamento de Ejecución (UE) n ° 404/2011 de la Comisión, de 8 de abril de 2011 , que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) n ° 1224/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común |
CERTIFICADOS SANITARIOS EN ORIGEN REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/628 DE LA COMISIÓN de 8 de abril de 2019 relativo a los modelos de certificados oficiales para determinados animales y mercancías y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/759 en lo que se refiere a dichos modelos de certificados |
Autorizaciones de residencia y trabajo para la contratación de tripulantes extranjeros a bordo de buques españoles Resolución de 8 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo de nacionales de terceros países enrolados en buques pesqueros de pabellón español que faenen fuera de la Zona Económica Exclusiva de España, y del mar Mediterráneo, sin que exista acuerdo internacional de pesca. |
NORMATIVA CAJA AZUL (VMS) ORDEN APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición einstalación de los sistemas de localización enlos buques pesqueros. MODIFICACION ORDEN ARM/3238/2008, de 5 de noviembre,por la que se modifica la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas delocalización de buques pesqueros. |
REGLAMENTO PESCA ILEGAL NO DECLARDA Y NO REGLAMENTADA Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1296 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE) n° 468/2010 por el que se establece la lista de la UE de los buques que practican una pesca ilegal, no declarada y no reglamentada - Reglamento (CE) no 1005/2008 del Consejo, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. |
DIARIO ELECTRONICO DE ABORDO Reglamento de Ejecución (UE) n ° 404/2011 de la Comisión, de 8 de abril de 2011 , que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) n ° 1224/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, por la que se regula la implantación del registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad de los buques pesqueros españoles Modificada posteriormente Orden ARM/3201/2011, de 18 de noviembre, por la que se establecen lasbases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación del equiponecesario para el registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividadde los buques pesqueros españoles y se modifica la Orden ARM/3145/2009,de 19 de noviembre. |
PERMISOS TERMPORALES DE PESCA - Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común. Reglamento de Ejecución (UE) n ° 404/2011 de la Comisión, de 8 de abril de 2011 , que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) n ° 1224/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común - Reglamento (CE) no 1005/2008 del Consejo, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. - Reglamento (CE) no 1010/2009 de la Comisión, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento 1005/2008. - Reglamento (UE) no 2017/2403 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores. - Reglamento (UE) no 1380/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 1954/2003 y (CE) no 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) no 2371/2002 y (CE) no 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo. |
REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS
Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,relativo a la higiene de los productos alimenticios.
Reglamento (CE) nº 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de Abril de2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origenanimal.
Reglamento (CE) nº 2073/2005 de la Comisión de 15 de noviembre de 2005 relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
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TRAZABILIDAD REGLAMENTO (CE) No 178/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 28 de enero de 2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 931/2011 DE LA COMISIÓN de 19 de septiembre de 2011 relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo para los alimentos de origen animal
Real Decreto 1334/2009 (norma general de etiquetado y
publicidad). Real Decreto 126/2015 (norma general información alimentaria productos no envasados) |
MARINA MERCANTE RD 1027/1999 sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca, TEXTO CONSOLIDADO Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, por el que se determinan las normas de seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros. |
SEGURIDAD ALIMENTARIA - ADITIVOS Reglamento (CE) Nº 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las nzimas y los aromas alimentarios. Reglamento (UE) Nº 234/2011 de la Comisión, de 10 de marzo de 2011, de ejecución del Reglamento (CE) nº 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios. Reglamento (CE) Nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios. TEXTO CONSOLIDADO Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.
PRODUCTOS ALIMENTICIOS ADITIVOS DOSIS MÁXIMA mg/Kg ó mg/l
PRODUCTOS DE LA PESCA
Crustáceos frescos, congelados y ultracongelados de las familias Peneidae, Solenceridae, Aristeidae:
• Hasta 80 unidades SO2 150 (en las partes comestibles)
• Entre 80 y 120 unidades SO2 200 (en las partes comestibles)
• Más de 120 unidades SO2 300 (en las partes comestibles)
Crangon crangon y Crangon vulgaris cocido Sa+Ba 6.000
SO2 50 (en las partes comestibles)
Cefalópodos frescos, congelados y ultracongelados SO2 150 (en las partes comestibles)
Pescado de piel roja congelado y ultracongelado E-315 y E-316 1500
Productos salados o desecados de pescado Sa + Ba 200
Pescados de la especie Gadidae desecados salados Sa + Ba 200
SO2 200
Conservas de pescado E-315 y E-316 1.500
Semiconservas de pescado Sa + Ba 2.000
E-315 y E-316 1.500
Productos de huevas de pescado Sa + Ba 2.000
Huevas de esturión (Caviar) Sa + Ba 2.000
E-284 y E-285 4 g/Kg
Crustáceos frescos congelados y ultracongelados SO2 150 (en las partes comestibles)
E-586 2 (como residuo en la carne de
crustáceos).
Crustáceos y moluscos cocidos SO2 50 (en las partes comestibles).
Sólo aplicable a crustáceos y cefalópodos
cocidos.
Ba 1000
Sa + Ba 2000
Crustáceos cocidos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristaeidae
-hasta 80 unidades/kg 135 (en las partes comestibles)
-entre 80 y 120 unidades/kg 180 (en las partes comestibles)
-más de 120 unidades/kg 270 (en las partes comestibles)
Arenque y espadín escabechados E-251 y E-252 500 (Cantidad máxima que puede añadirse
durante la fabricación expresada como NaNO2). Sucedáneos de productos pesqueros basados en algas
Sa 1.000
Ba 500
Productos pesqueros E-392 150 (expresado como la suma de carnosol y ácido
carnósico) |
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